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Documento

A-CC-0052

Fecha de expedición
Módulo de Ubicación
No. Catalogación: A-CC-0052
Fondo en el Archivo General de Indias
Santa Fe
No Legajo
62
No Documento
N. 52
No. del folio original
1 recto - 8 verso
No. de las imágenes digitalizadas
1-16
Cantidad imágenes del documento
12
Módulo de Descripción
Tipología documental del AGI
Cabildos Seculares de Santa Fe - Cartagena
Clase de documento
Instrucción
Procedencia
Cabildo de Cartagena
Remitente
Juan de la Peña, Procurador General del Cabildo de Cartagena
Destinatario
Felipe II
Fechas límites
1568
Fecha de expedición
Titulo Original

Sin información.

Descripción Nivel 1

Instrucción para el Procurador del Cabildo de Cartagena para solicitar ante el Rey varios asuntos de importancia.
Petición para que se envíe artillería gruesa de bronce, arcabuces, picas y pólvora.
Solicitud para que se nombre a una persona que esté a cargo de la artillería, armas, pólvora y municiones de Cartagena.
Solicitud de dinero para terminar la construcción de los fuertes del Boquerón y de La Caleta.
Solicitud para que se prorrogue la merced de las dos tercias partes de penas de cámara otorgada al Cabildo de Cartagena, para terminar las fortificaciones.
Solicitud para que se averigüe lo que se haya proveído sobre el hospital de Cartagena.
Solicitud de dinero para comprar unas casas para el Cabildo y la Cárcel de Cartagena.
Solicitud de dinero para terminar la construcción de la Iglesia Catedral de Cartagena.
Solicitud para que se defina la jurisdicción que tienen los Oidores que van como Visitadores a la Provincia de Cartagena, pues se entremeten en asuntos de justicia de la provincia.
Solicitud para que no se sobren derechos de Almojarifazgo por los productos de labranza y crianza que se venden en Cartagena, procedentes de otras provincias e islas cercanas.
Solicitud para que se aumenten los salarios del Gobernador de la Provincia de Cartagena y de su Teniente, quien debe ser letrado.

Descripción Nivel 2

Carta de Juan de la Peña, Procurador General del Cabildo de Cartagena, al Rey Felipe en la que menciona que los demás miembros de aquel Cabildo enviaron una instrucción al capitán Yuste de Guerra, Procurador General de la Provincia de Cartagena, para presentarla en la Corte, pero “viniendo a estos reinos con tiempos contrarios”, el mencionado capitán llegó a la Provincia de Honduras y como vio que se había “echado a la mar la mayor parte [de lo] que traía de su hacienda” y por hallarse tan “gastado, no pudo venir a estos reinos”.
Por ello, el Cabildo comisionó al señor de la Peña para que suplique al Rey Felipe “sea servido de mandar ver la dicha instrucción” y les otorgue las mercedes que solicitan, “por lo mucho que importa a vuestro real servicio y al bien y conservación de aquella ciudad y puerto” (I. 1).

Provisión dada por el Cabildo de Cartagena al capitán Yuste de Guerra con los “despachos e negocios que a esa ciudad tocan, e lo que con su majestad y su Real Consejo de Indias habéis de tratar e comunicar e pedir por merced de parte de esta ciudad”:
Al llegar a Sevilla, debe entregar a los oficiales de aquella ciudad las cartas que les lleva y les hará “relación de los trabajos que en estas costas e ciudad se padecen con los corsarios franceses e ingleses, e de lo que ahora últimamente pasó con Juan Esquín” o Hawkins,  y les pedirá que lo que el Rey ordene para Cartagena, “sea despachado con toda brevedad por sus mercedes, porque en esto consiste todo el bien de esta república”. 
Después, partirá de inmediato hacia la Corte para entregar las cartas que lleva “para su majestad e para el Real Consejo de Indias e personas particulares”. 
Deberá averiguar si el Procurador del Consejo de Indias “recibió las informaciones que se le enviaron de parte de esta ciudad” en la flota comandada por el General Diego Flores de Valdés y si ha hecho alguna diligencia sobre ello. Cuando tenga toda la información, presentará petición al Rey Felipe para que “mande ver la información que por su mandado el señor Martín de las Alas, Gobernador y Ca- (I. 3) pitán General de esta Gobernación de Cartagena, tomó, en que dio su parecer de la orden y forma que se había de tener para fortificar esta dicha ciudad e puerto de ella”, y que provea todo lo que pide “porque es lo que conviene para la dicha fortificación”. 
Esta información fue enviada al señor Juan de la Peña en la flota anterior “y si por ventura estuviere proveído algo en favor e fortificación de esta ciudad”, debe revisar las cédulas que sobre ello tratan y si la merced que se hace “no fuere tan cumplida como se contiene en el dicho parecer, replicaréis sobre ello e pediréis a su majestad que lo contenido en el dicho parecer se provea sin que falte cosa alguna, porque a faltar algo no sería bastante remedio para la gran necesidad que esta ciudad tiene de defensa”.  
Nota al margen: “que presente el parecer”.
Asimismo suplicará que se haga merced de la artillería de bronce que se relaciona en el dicho documento, para lo cual se le entrega una copia simple, para que de acuerdo con lo que allí se pide, insista en que se provean piezas “que sean gruesas como para guerra e no pequeñas como para navíos”, y que se envíen 300 arcabuces “que sean algo mejores que de munición”, de 12 quintales de pólvora y 200 picas (I. 4). 
Deberá solicitar que se encargue al Gobernador de aquella provincia para que nombre a una persona “a quien se entregue la artillería, pólvora e munición que esta ciudad tuviere” y que se obligue a “dar cuenta e razón cada que se le pida”, a quien se le asigne el salario conveniente, pues si no se hace, seguirá “andando la tal artillería, munición y armas de mano en mano” con el riesgo de que se siga perdiendo, sin “claridad de a quién se entregó, ni de quién se ha de cobrar lo que faltare”. 
Nota al margen: “que el Gobernador y oficiales provean lo que convenga, haciendo cargo al Factor de su majestad de todo ello”. 
Asimismo informará al Rey y a los miembros de su Consejo cómo la ciudad de Cartagena está tan propensa a perderse “todas las veces que vinieren corsarios y más esperando … al dicho Juan Esquín [Hawkins], inglés”, quien al partir de Cartagena “juró e prometió de volver con mayor poder”, y que para resistir otro ataque “no hay  … artillería ni munición [pues las] dos piezas de bronce de hasta doce quintales, poco más o menos cada una”, aunque fueron muy provechosas en la defensa de la ciudad contra el mencionado corsario, “trayéndolas en brazos de una parte en otra”, no le pertenecen a la ciudad. Una de ellas es de “una carabela portuguesa que aquí se tomó por perdida con ciertas piezas de esclavos que en ella venían” la que se debe devolver a su dueño, Blas de Herrera, Portugués, junto con lo demás que se tomó de aquella nave, por la “ejecutoria real del dicho Consejo”, y la otra “es de los oficiales del Nombre de Dios a cuyo pedimiento el dicho señor Gobernador la sacó de la nao [del] maestre Francisco Ruiz”, que hacía parte de la flota pasada (I. 5). Como la ciudad tampoco tiene pólvora ni municiones ni dinero para comprar las “municiones que hasta aquí se han gastado, se han pedido por amor de Dios, entre los navíos de la flota e mercaderes de la ciudad”.
También informará que durante el gobierno de don Antón Dávalos y del Justicia Mayor, don Alonso de Barbas y con acuerdo de los oficiales de Hacienda y los miembros del Cabildo de Cartagena, “se mandaron hacer e comenzaron dos fuertes,… el uno con un caballero que está al boquerón del puerto de esta ciudad, por donde entran las fragatas, barcos y bateles, desde donde surgen navíos gruesos hasta el muelle de ella, y otro en La Caleta, que es cerca de esta ciudad, donde casi se junta la mar de la playa e la que entra por el puerto adentro, que son fuerzas muy convenientes para la defensa de este pueblo, como se vio por la ayuda que en la pelea de los ingleses se hizo desde el dicho Fuerte de El Boquerón”. A estos fuertes “les falta más de la mitad” por construir, y como en lo que se lleva hecho “se han gastado cuatro mil pesos e más los que los gobernadores e Cabildo de esta ciudad tomaron prestados de personas particulares” quienes ahora reclaman su dinero, y “por esta razón, por mandado del Audiencia Real del Nuevo Reino de Granada”, se embargaron “los bienes que quedaron del dicho Antón Dávalos de Lugo”. 
Nota al margen: “que el Gobernador y oficiales hagan relación de lo que en esto pasa”. 
Como Cartagena tiene merced “de las dos tercias partes de penas de Cámara que en ella cayeren, para ciertos años” y durante la vigencia de la dicha merced “se tomó por perdida la dicha carabela portuguesa” y se condenó todo lo que en ella venía para la Cámara del Rey, la ciudad, “gozando de la dicha merced e teniéndola por segura, tomó de lo procedido de ella dos mil pesos, los cuales se gastaron en los dichos fuertes” y como ahora, el mencionado dueño de la carabela portuguesa, Blas de Herrera, “por virtud de la (I. 6) dicha ejecutoria” pide se le entregue “lo procedido de la dicha carabela y de lo que en ella venía … el  Gobernador Martín de las Alas manda que las dichas justicias y Cabildo, en cuyo tiempo se tomaron, los vuelvan” y los tiene presionados con ello, pero la ciudad no tiene cómo pagar este dinero, “ni es justo que las dichas justicias e cabildos lo paguen de sus haciendas, pues no lo convirtieron en su provecho particular, sino en servicio de su majestad y pro de la república”. 
Nota al margen: “que siga su justicia”.
Por todo ello, le suplicará al Rey que haga merced a la ciudad de Cartagena para que “de su Real Hacienda se paguen los dichos cuatro mil pesos que así están gastados en los dichos fuertes” y que a su costa se termine su construcción, “hasta ponerlos en toda perfección, pues tanto importa a su real servicio la conservación de esta ciudad e puerto”, y por los documentos que envió el Gobernador, las cuentas que se tomaron de los ingresos que tiene la ciudad y el concepto del Gobernador, se podrá ver “la gran necesidad que esta ciudad tiene de fortificarse y la pobreza de ella”. 
Como falta poco para que se cumpla “el tiempo por que hizo merced a esta ciudad de las dos tercias partes de las Penas de Cámara” suplicará que se prorrogue por 10 años más.
Nota al margen: “que se provea lo que convenga”.
El Cabildo menciona que por una cédula enviada al Gobernador Martín de las Alas se le ordenó “hacer el hospital de esta ciudad” de Cartagena, la cual, junto con su concepto, se enviaron a Juan de la Peña, a la Corte. El Procurador deberá averiguar qué se ha proveído sobre este asunto y “aceptar lo que fuere en pro de esta buena obra” y mirar las cédulas que sobre ello se han dado, “y si faltare algo de lo contenido en el dicho parecer, suplicaréis a su majestad lo mande cumplir en todo el dicho parecer”, que es lo que más conviene a la ciudad.
También informará a Rey y a su Consejo que en Cartagena “no ha habido ni (I. 7) hay casa de Cabildo donde posen sus jueces e tengan su cárcel y se junten la justicia e regimiento de ella a hacer sus cabildos, que es grande inconveniente porque para cárcel se ha de alquilar casa a costa de la ciudad”, pero como “es tan pobre” y no tiene rentas, los jueces deben alquilar las casas donde han de vivir y “se les va en ello mucha parte de su salario” y como no hay casas cómodas para hacer las reuniones del Cabildo, estas no pueden ser secretas.
Considerando todo lo expuesto, el Cabildo ha decidido “que unas casas de piedra que dejó comenzadas el Tesorero Alonso de Saavedra, ya difunto, se tomasen para el dicho efecto”, y se suplique al Rey le haga merced a esta ciudad de lo que cuesten. Estas casas “se sacaron en la almoneda del dicho difunto” y en caso de necesidad, “pueden servir de alguna fortaleza por estar en medio de la ciudad e ser de piedra”, y si se pone allí “alguna artillería y las demás cosas necesarias”, se utilizará como fuerte. Ahora, si el Rey no aprueba que se entregue a la ciudad todo el dinero que valen estas casas, podría ordenar que los 3.937 pesos que el Consejo de Indias ordenó se entregaran a “los descubridores de esta tierra y ciertos indios”, y como este es asunto tan antiguo, “no aparecen unos ni otros, ni herederos de ellos” le solicite que se utilicen para ayudar a pagar las casas para el Cabildo, “haciendo su majestad merced de lo demás, de su Real Hacienda”. Si alguna persona a quien corresponda este dinero aparece, el Cabildo se compromete a pagar lo que le pertenece y a hacer “las diligencias necesarias”.
Nota al margen: “cédula para que el Gobernador y oficiales informen de la necesidad que hay y qué costará y de dónde se podrá pagar”. 
Por cédula enviada por el Rey al Obispo de la Provincia de Cartagena, don Juan de Simancas, se le ordenó la construcción de la Iglesia Catedral de Cartagena (I. 8), cuyos costos se debían repartir por tercias partes entre la Hacienda Real, los encomenderos y los indios. Pero, aunque para esta se repartieron 1.500 pesos, esta suma no es suficiente “para acabar la dicha iglesia” por lo que el Rey les hizo merced de “los dos novenos que le pertenecen conforme a la erección de este Obispado, en señal de superioridad y jure patronatus, por tiempo de seis años”, para que se gasten en esta obra y “no en otra cosa alguna”, los cuales se cumplen al final de este año, y como el Obispo, el Deán y el Cabildo Eclesiástico de Cartagena “pretender que se les descuenten de lo que han valido los dichos dos novenos algunos remiendos y cosillas que han hecho dentro del cuerpo de la iglesia, que a la obra de ello importan poco”, suplicará al Rey que ordene que todo lo que valieren los dichos novenos durante los seis años de la mencionada merced, “se gasten en la obra y edificio principal de la dicha Iglesia” y que es conveniente “tomar cuenta al dicho Deán y Cabildo, porque para lo demás que ansí hubiere gastado, ellos tienen fábrica de entierros y lo que les viene de los Diezmos, conforme a la erección de este obispado”. 
Nota de otra mano: “ojo”.
El Procurador deberá solicitar al Rey que ordene tomar cuentas al Deán y Cabildo Eclesiástico de Cartagena sobre los dineros de los novenos que les fueron entregados, y lo que “fuera de la dicha obra hubieren gastado, lo manden volver para que se gaste en ella”, y que se prorrogue la merced de los dos novenos por 6 años más, y que estos dineros se entreguen a la persona que el Gobernador y el Cabildo nombren, “porque si se entrega al Obispo, Deán e Cabildo, o al Mayordomo de la Iglesia en su nombre, como son personas eclesiásticas, podría sobre el cobrarlo, haber algunos inconvenientes”. 
También le informará al Rey y a su Consejo que “algunas veces vienen a esta Gobernación algunos Oidores de la Audiencia Real del Nuevo (I. 9) Reino de Granada a visitar los naturales de ellas y so color, [o con pretexto] de la dicha visita, se entremeten en otros muchos negocios de judicatura”, por lo cual se han presentado inconvenientes entre los dichos Oidores y las justicias de la Gobernación de la Provincia de Cartagena, haciendo con ello “daño y perjuicio a los vecinos de ella”. 
Para evitar estos inconvenientes, debe pedir al Rey que otorgue una provisión donde “se declare la jurisdicción que los tales visitadores han de tener, ya que se pueden extender” pues una cosa es lo que ordena el Rey y otra, las “comisiones tan preñadas y escritas” que traen los visitadores, a las “que les dan el entendimiento que quieren”. 
Asimismo les informará acerca de la necesidad que tiene Cartagena de alimentos, “algunos de los cuales “se suelen traer de las islas de Santo Domingo, San Juan e Cuba e la Margarita, Jamaica y Curazao, e de las provincias de Venezuela, Coro, Cabo de la Vela e Santa Marta”, pero “ahora, por causa de los corsarios que de continuo andan en esta costa y de los gastos que tienen y derechos de almojarifazgo que pagan” ya no se traen los que se solían traer, y están seguros que si se les eximiese del pago de los derechos de almojarifazgo, “sería gran remedio para esta ciudad e mucho refugio para las flotas que a ella acuden”. 
Con el propósito de lograrlo, deberá suplicar al Rey “que como otras veces lo ha hecho, sea servido de hacer merced a esta ciudad que de las cosas de labranza y crianza que a ella se trajeren de las dichas islas y provincias suso declaradas no se lleven derechos de almojarifazgo por término de diez años”. 
También informará que por el “poco salario que los Gobernadores y sus tenientes tienen en esta Gobernación, padecen mucha necesidad por ser la tierra muy cara o de mucha costa” y que para que estas personas no se ocupen en otras cosas adicionales a la “administración de la justicia e gobierno de la tierra e sus personas” y sean tratados “con la autoridad que los semejantes oficios requieren”, se les aumenten (I. 10) los salarios que les dan, al Gobernador, 2.500 ducados cada año, y al teniente de Gobernación, “siendo letrado”, 1.000 ducados, “aunque con este salario han de vivir muy moderadamente”.
Nota de otra mano que dice que el Gobernador escribió a sus amigos en la Corte “para que los ayuden en este negocio, y con ellos y con Juan de la Peña lo comunicaréis, que ellos os encaminarán en lo que habéis de hacer, con lo cual y con vuestra buena diligencia, esperamos en Dios habrá efecto vuestro buen deseo”. 
Firman este documento el Gobernador de la Provincia de Cartagena, don Martín de las Alas, Melchor del Castillo, Pedro de Coronado Maldonado, Juan Velásquez, Jorge de Pinilla, Pedro de Során, Francisco de Carvajal y Álvaro de Maldonado, ante el Escribano del Cabildo, Francisco Dalva (I. 11). 
Otra anotación para los licenciados Maldonado y Rui Pérez. Septiembre 20 de 1570 (I. 16).

Módulo de descriptores
Onomásticos
Personas Mencionadas Cargo 1 Cargo 2
Felipe II
Rey de España
Peña, Juan de la
Procurador del Cabildo de Cartagena
Guerra, Yuste
Capitán
Hawkins, John
Corsario inglés
Militar inglés
Flores de Valdés, Diego
General de armadas
De las Alas, Martín
Gobernador de la Provincia de Cartagena
Factor de Hacienda de la Provincia de Cartagena
Herrera, Blas de
Comerciante
Ruiz, Francisco
Maestre de navío
Dávalos de Luna, Antón
Gobernador de la Provincia de Cartagena
Barbas, Alonso de
Juez
Saavedra, Alonso de
Tesorero de Hacienda de la Provincia de Cartagena
Simancas, Juan de
Obispo de la Provincia de Cartagena
Castillo, Melchor de
Miembro del Cabildo de Cartagena
Coronado Maldonado, Pedro de
Miembro del Cabildo de Cartagena
Velásquez, Juan de
Miembro del Cabildo de Cartagena
Pinilla, Jorge de
Miembro del Cabildo de Cartagena
Során de Salinas, Pedro
Miembro del Cabildo de Cartagena
Carvajal, Francisco de
Miembro del Cabildo de Cartagena
Maldonado, Álvaro de
Miembro del Cabildo de Cartagena
Dalva, Francisco
Escribano
Maldonado
Servidor real
Pérez, Rui
Servidor real
Temáticos
NIVEL 1 NIVEL 2 NIVEL 3
Arquitectura institucional Cárceles
Arquitectura institucional Casas del Cabildo
Arquitectura institucional Casas reales
Arquitectura institucional Hospitales
Arquitectura militar Fortificaciones Fuertes
Arquitectura religiosa Iglesia Catedral
Asuntos laborales Ingresos laborales Visitadores
Asuntos laborales Funciones de cargos Personal de artillería
Asuntos laborales Salarios Gobernadores
Asuntos laborales Salarios Personal de artillería
Asuntos laborales Salarios Tenientes de gobernación
Ciudad Cabildos Solicitudes
Ciudad Lugares Casas
Ciudad Lugares Fortificaciones
Ciudad Financiación Cobros judiciales
Ciudad Financiación Préstamos
Comercio Alimentos
Comercio Comerciantes Impuestos
Construcción Obras de defensa Costo de obras
Construcción Obras de defensa Descripción de inmuebles
Construcción Obras de defensa Financiación de obras
Construcción Obras de defensa Obras en construcción
Construcción Obras de defensa Propuestas
Construcción Obras de defensa Ubicación de obras
Construcción Obras institucionales Adecuaciones
Construcción Obras institucionales Estado de las obras
Construcción Obras religiosas Financiación de obras
Construcción Obras religiosas Obras en construcción
Defensa Armadas reales Alimentación
Defensa Armamento Especificaciones técnicas
Defensa Armamento Solicitud de armamento
Defensa Armamento Solicitud de artillería
Defensa Armamento Solicitud de municiones
Defensa Conflictos bélicos Asedio de corsarios
Defensa Conflictos bélicos Ataques de corsarios
Defensa Conflictos bélicos Objetivos de guerra
Esclavitud Comercio Contrabando
Fenómenos naturales Tormentas
Gobierno Asuntos de gobierno Gobernadores
Gobierno Asuntos de gobierno Revisión de cuentas
Gobierno Asuntos de gobierno Visitadores
Gobierno Asuntos de gobierno Visitas
Gobierno Delimitación competencias Gobernación y visitadores
Hacienda Administración de Hacienda Confiscación de esclavos
Hacienda Administración de Hacienda Confiscación de navíos
Hacienda Aduana Navíos sin licencia
Hacienda Egresos de la Corona Compra de casas
Hacienda Egresos de la Corona Construcción de inmuebles
Hacienda Egresos de la Corona Deudas
Hacienda Exención de impuestos Comercio de alimentos
Hacienda Impuestos Alimentos
Hacienda Impuestos Almojarifazgo
Hacienda Impuestos Diezmos
Iglesia Católica Financiación Diezmos
Iglesia Católica Financiación Hacienda Real
Iglesia Católica Financiación Repartición de costos
Iglesia Católica Instituciones eclesiásticas Iglesia Catedral
Justicia Administración de justicia Confiscación de bienes
Territorio Puertos
Transporte Marítimo Armadas reales
Transporte Marítimo Documentos
Transporte Marítimo Percances navales
Transporte Marítimo Pérdida de carga
Transporte Marítimo Servidores reales
Transporte Terrestre Artillería
Institución
  • Audiencia Real de Santa Fe
  • Cabildo de Cartagena
  • Cabildo del Obispado de la Provincia de Cartagena
  • Flota de Tierra Firme
  • Gobernación de la Provincia de Cartagena
  • Hacienda Real de la Provincia de Cartagena
  • Hospital de Cartagena
  • Obispado de la Provincia de Cartagena
Lugares mencionados original Ubicación geográfica actual Lugar
Provincia de Honduras
  • Centroamérica
  • Honduras
  
Nombre de Dios
  • Centroamérica
  • Panamá
  • Nombre de Dios
  
Cuba
  • Cuenca del Caribe
  • Cuba
  
Curazao
  • Cuenca del Caribe
  • Curazao
  
Jamaica
  • Cuenca del Caribe
  • Jamaica
  
Puerto Rico
San Juan de Puerto Rico
  • Cuenca del Caribe
  • Puerto Rico
  • San Juan
  
Santo Domingo
  • Cuenca del Caribe
  • República Dominicana
  
Cartagena
Fuerte del Boquerón
  • Suramérica
  • Colombia
  • Bolívar
  • Cartagena
  
Bahía interna
Cartagena
Cárcel de Cartagena
  • Suramérica
  • Colombia
  • Bolívar
  • Cartagena
  
Cartagena
Casa del Cabildo de Cartagena
  • Suramérica
  • Colombia
  • Bolívar
  • Cartagena
  
Cartagena
Hospital de Cartagena
  • Suramérica
  • Colombia
  • Bolívar
  • Cartagena
  
Cartagena
Fuerte de la Caleta
  • Suramérica
  • Colombia
  • Bolívar
  • Cartagena
  
Parque de la Marina
Cabo de la Vela
  • Suramérica
  • Colombia
  • La Guajira
  • Cabo de la Vela
  
Santa Marta
  • Suramérica
  • Colombia
  • Magdalena
  • Santa Marta
  
Provincia de Venezuela
La Margarita
  • Suramérica
  • Venezuela
  • Isla Margarita
  
Provincia de Venezuela
Coro
  • Suramérica
  • Venezuela
  • Santa Ana de Coro